miércoles, 17 de agosto de 2011

PUNTOS A DESTACAR DE LA LEY DE COSTOS Y PRECIOS JUSTOS



En fecha18 de julio de 2011, fue publicado en Gaceta Oficial Nº39.715, el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Nº 8.331 contentivo de la Ley de Costos y Precios Justos. A continuación una síntesis de sus puntos más relevantes:




Tiene por objeto lograr

La estabilidad de precios y propiciar el acceso a los bienes y servicios de

Toda la población en igualdad de condiciones (artículo1), se aplicará en todo el territorio nacional a las relaciones establecidas entre sujetos de derecho público o privado que determinen los precios correspondientes a la venta de bienes o a la prestación de servicios, así como los costos inherentes a tales operaciones (artículo2), estos sujetos a los cuales le será aplicable el Decreto Ley son mencionados en el artículo 3.



Se señala en el artículo 10 la obligación de todos los sujetos obligados por el Decreto Ley a inscribirse y mantener sus datos actualizados en el Registro Nacional de los Bienes y Servicios, el cual estará a cargo de la Superintendencia Nacional de Costos y Precios.



Se establece en el artículo 13 que la Superintendencia Nacional de Costos y Precios podrá categorizar los bienes y servicios atendiendo a los criterios técnicos que estime convenientes, proceso de categorización en el cual podrá participar la población y las comunidades (artículo14).



El procedimiento para la determinación de los precios y su cálculo se mencionan en los artículos 16 y 18. Se les concede a los interesados solicitar la modificación de precios cuando estén en desacuerdo, presentando una solicitud de evaluación de ajuste (artículo21).



Se crea la Superintendencia Nacional de Costos y Precios como un órgano adscrito a la Vicepresidencia de la República (artículo28), cuyas atribuciones se indican en el artículo 31. Entre las cuales resalta la amplia facultad para inspeccionar y fiscalizar cuando así lo considere necesario (artículos32 y 33).



Desde el artículo 42 al 47 se establecen las sanciones a aplicar por la inobservancia de la normativa a los sujetos obligados, entre ellas se encuentran la multa, la inhabilitación temporal del ejercicio del comercio, actividad o profesión y el cierre temporal de almacenes, depósitos o establecimientos. Además resaltan las sanciones a aplicar por el aumento arbitrario de precios y por especulación.



Se establece en el artículo 54 que los procedimientos de inspección o fiscalización podrán iniciar de oficio por parte de la Superintendencia o por denuncia,

Una vez iniciado el procedimiento deberá realizarse notificación personal al interesado (artículo 55).



Si durante el procedimiento de inspección o fiscalización se constatare incumplimiento de la normativa del presente Decreto Ley, el funcionario correspondiente podrá ejecutar medidas preventivas destinadas a detener el incumplimiento (artículo60), a las cuales el interesado podrá oponerse dentro de los 5 días hábiles siguientes a su ejecución (artículo 63).



De igual forma, una vez determinadas las situaciones violatorias del presente Decreto Ley, se dará apertura al procedimiento sancionatorio, de lo cual deberá notificarse a las personas a las que hubiere lugar (artículos 65 y 66). Todo lo relativo al procedimiento sancionatorio se menciona hasta el artículo 83.



Se establece en el artículo 85 que en un plazo máximo de 90 días hábiles contados a partir de la publicación del Decreto, se dictará el reglamento interno de la Superintendencia Nacional de Costos y Precios y deberá crearse el Registro Nacional de Precios de Bienes y Servicios. Una vez transcurrido este lapso entrará en vigencia el presente Decreto Ley, salvo las normas referidas a la creación de los organismos que integrarán el Sistema Nacional de Costos y Precios y a la designación del Superintendente, las cuales entrarán en vigencia junto con su publicación.

lunes, 8 de agosto de 2011

TSJ: La forma genérica de preexistencia de una enfermedad no excluye la responsabilidad de las empresas de seguros

TSJ: La forma genérica de preexistencia de una enfermedad no excluye la responsabilidad de las empresas de seguros

La forma genérica de preexistencia de una enfermedad no excluye la responsabilidad de las empresas de seguros

Sentencia el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ)




La forma genérica de preexistencia de una enfermedad no excluye la responsabilidad de las empresas de seguros


Así lo declaró la Sala Político Administrativa del Máximo Juzgado del país en la sentencia N° 1001, publicada el pasado 21 de julio


La Sala Político Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia declaró sin lugar el recurso de apelación ejercido por Sanitas de Venezuela, S.A. contra la decisión dictada por el Juzgado Nacional Segundo de la Jurisdicción Contencioso Administrativa (antes Corte Segunda) con sede en Caracas, mediante la cual consideró que la preexistencia genérica de una enfermedad o malformación, desconocida por el tomador, asegurado o beneficiario y, por tanto, no declarada al momento de suscribir el contrato de medicina prepagada o de seguro, ni debidamente diagnosticada por la empresa a través de la realización de las evaluaciones y exámenes pertinentes, no exime a ésta de la responsabilidad de proporcionar los servicios médicos requeridos por la patología padecida por el contratante, ni de asumir los riesgos como empresa de seguro o prestadora de servicios de medicina prepagada.


Esta decisión es de gran trascendencia para la protección y defensa de los derechos fundamentales de la ciudadanía en materia de salud, ya que esclarece de manera determinante la obligación de la empresa aseguradora o prestadora de servicios de medicina prepagada de realizar los exámenes necesarios que permitan constatar la existencia o no de enfermedades a la hora de contratar la póliza de seguro de salud o la categoría prepagada. Modalidad esta, que justamente la mencionada sentencia equipara a la actividad aseguradora y la considera como servicio público de prestación de salud, lo que requiere la debida supervisión y control del Estado por medio de los órganos existentes para ello, la Superintendencia de la Actividad Aseguradora y el Instituto para la Defensa de las Personas en el Acceso a los Bienes y Servicios (Indepabis), así como de los órganos jurisdiccionales.


En este sentido, la ratificación efectuada por la Sala Político Administrativa del TSJ, deja suficientemente establecido que las empresas prestadoras del servicio de medicina prepagada ejercen una actividad propia del sector asegurador y que la utilización de cláusulas que regulen en este tipo de contratos de adhesión la figura de las enfermedades o malformaciones preexistentes, nunca podrán ser empleadas como fundamento para incumplir con su responsabilidad ante el ciudadano contratante, a menos que la persona reconozca tal existencia al momento de suscribir el servicio o la empresa realice los protocolos de diagnóstico respectivos que así lo confirmen.







Fuente: TSJ











viernes, 5 de agosto de 2011

CONSEJOS DE DONALD TRUMP PARA LOGRAR EL EXITO

Esta es una lista de los mejores consejos para alcanzar el éxito brindados por Donald Trump en su blog de negocios.




1. Piensa en grande: si de todas maneras vas a tener que pensar, más vale pensar en grande; empieza dando pequeños pasos, pero siempre proyéctate en grande.



2. Sé positivo: mantente siempre en positivo, pase lo que pase, evita todo pensamiento o emoción negativa.



3. Sigue tu pasión: dedícate a hacer aquello que amas, busca ser apasionado y mantén siempre el entusiasmo.



4. Aprende algo nuevo cada día: lee, infórmate, aprende, conoce las reglas del negocio, domina lo que hagas.



5. Sigue tu intuición: confía siempre en tus propios instintos.



6. Sé paciente: el éxito difícilmente llega de un momento a otro, para lograrlo se necesita tenacidad y paciencia.



7. Pon siempre un gran equipo detrás de ti: rodéate de personas que sepan más que tú en sus áreas, y que juntos se complementen y formen un gran equipo.



8. Busca la belleza en todo lo que hagas: busca siempre el lado positivo de las cosas.



9. Aprende a negociar: cada cosa que quieras lograr, siempre demandará que seas un buen negociador.



10. Siempre ve por la más grande victoria posible: siempre apunta lo más alto que puedas.



11. Invierte en bienes raíces: los negocios de bienes raíces son la mejor inversión que hay.



12. Toma riesgos: una vez evaluada la situación, sé decidido y entra en acción.



13. Sé audaz y busca estar en el ojo público: siempre busca la manera de hacerte conocido por todos.



14. Sé tu propia marca: has que la gente te reconozca y confíe siempre en lo que ofrezcas.



15. Disfruta trabajando los 7 días de la semana e incluso en vacaciones: busca siempre la manera de encontrarle el gusto a lo que hagas.



16. Aprende a decir “no”: en ocasiones será necesario que sepas decir que “no”.



17. Sal de tu zona de conformidad: nunca te conformes con lo que tengas, siempre ve por más.



18. Sé terco cuando sea necesario: no abandones hasta que hayas agotado todas las posibilidades de éxito.



19. Siempre ten un plan “B”: siempre ten un plan alternativo en caso que el primero no resulte.



20. Nunca te conformes con ser segundo: siempre busca ser el número uno.

Otra ley fracasada - Opinión - EL UNIVERSAL

Otra ley fracasada - Opinión - EL UNIVERSAL

miércoles, 3 de agosto de 2011

INFORME DIARIO DE SEGUROS EN AMERICA LATINA

México




Las aseguradoras pierden 85,1 millones de dólares por el robo de autos

El presidente de la Asociación Mexicana de Instituciones de Seguros (AMIS), Fernando Solís, y el director general de ese organismo, Recaredo Arias, acudieron a Nuevo León y revelaron que el robo de autos ha alcanzado cifras alarmantes, por lo que el sector perdió 2.000 millones de pesos (170,3 millones de dólares) en 2010 y 1.000 millones (85,1 millones de dólares) en el último semestre, informa El Economista.



Ante ello, el gobernador de Nuevo León, Rodrigo Medina de la Cruz, anunció un acuerdo derivado de la reunión que sostuvo ayer con alcaldes del área metropolitana, diputados y representantes de dependencias federales para apoyar el plan municipal que tiene por objetivo abatir en un 20% el índice de robos de automóviles en un lapso de 30 días, debido a que -según cifras de la AMIS- Monterrey es la ciudad que ocupa el primer lugar en el país en cuanto a robo de vehículos, desplazando a los municipios de Iztapalapa y Chalco.



Los directivos del sector asegurador también revelaron en Monterrey que, de julio de 2010 a junio de 2011, fueron denunciados en Nuevo León 12.842 robos de autos asegurados, con un crecimiento acumulado de aproximadamente 54%.



Asimismo, explicaron que de 2004 a 2011 el robo de autos en Nuevo León se incrementó un 1.072%, al pasar de 1.096 vehículos robados en el periodo 2004-2005 a 5.923 en el lapso 2008-2009 y 8.353 en el 2009-2010.



El Estado de México a la cabeza, según AMIS



Al presentar un balance del comportamiento de la industria aseguradora en Nuevo León y de la importancia de que los propietarios de vehículos contraten un seguro de autos, el presidente de ese organismo manifestó que el Estado de México se ubica en el primer lugar en el robo de autos, con 17.610 casos de julio de 2010 a junio de 2011.



En segundo lugar se ubica Nuevo León, con 12.842 denuncias de robo de autos; en tercera posición se encuentra el Distrito Federal, con 12.624 vehículos robados; en cuarto Jalisco, con 6.352; seguido de Chihuahua, con 5.878; y Sinaloa, con 4.496, todos durante el mismo periodo.



Sin seguro, un 47% del parque vehicular



En cuanto al total del parque vehicular en Nuevo León, que ronda 1.900.000 autos, solamente un 47% se encuentra asegurado, es decir, alrededor de 1 millón de coches no dispone de ningún tipo de póliza.



Los directivos de esa agrupación exigieron a las autoridades de Nuevo León un combate más eficaz para detener el robo de autos, delito que a nivel nacional genera pérdidas para la industria aseguradora de entre 5.000 y 6.000 millones de pesos (425,7 - 510,9 millones de dólares).



Fernando Solís y Recaredo Arias solicitaron a las autoridades mayor atención al delito de robo de autos, además de revelar que establecieron negociaciones con las armadoras y distribuidoras para dotar de instrumentos y equipos de localización como GPS a los vehículos nuevos y los de mayor incidencia en robo.