jueves, 17 de junio de 2010

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lunes, 7 de junio de 2010

APRUEBAN NUEVO FORMATO DE DECLARACION CONJUNTA DE ACCIDENTES SIN INTERVENCION DE AUTORIDADES COMPETENTES EN ACCIDENTES DE TRANSITO.

Hoy fue publicado en la Gaceta Oficial N° 39.439 del 4 de junio de 2010, la Resolución N° 2-2-001201 de la Superintendencia de Seguros mediante la cual se aprueba el formato de Declaración Conjunta de Accidentes entre Vehículos, sin interferencia de Autoridades Competentes y sus respectivas instrucciones.




Visto que mediante la Providencia N° 866 del 20 de octubre de 2003, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 37.810 del 4 de noviembre de 2003, modificada mediante la Providencia N° 960 de fecha 21 de noviembre de 2003 y publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 37.829 del 01 de diciembre de 2003, fue aprobada con carácter general y uniforme la Póliza de Seguro de Responsabilidad Civil de Vehículos por la Superintendencia de Seguros.



Por cuanto, de conformidad con lo previsto en el articulo 66 de la Ley de Empresas de Seguros y Reaseguros publicada en la Gaceta Oficial de la República de Venezuela N° 4.822 Extraordinario de fecha 23 de diciembre de 1994, reimpresa por error material en Gaceta Oficial de la República de Venezuela N° 4.865 Extraordinario de 8 de-marzo de 1995, es competencia de la Superintendencia de Seguros aprobar las pólizas, anexos, recibos, solicitudes, demás documentos complementarios relacionados con aquellos y las tarifas y arancel de comisiones que las empresas de seguros utilicen en sus operaciones; quien suscribe, José Luis Pérez, Superintendente de Seguros, en uso de las facultades que le confiere la Ley de Empresas de Seguros y Reaseguros, decide:



PRIMERO: Aprobar el formato de Declaración Conjunta de Accidentes entre Vehículos, sin interferencia de Autoridades Competentes y sus respectivas Instrucciones, para formar parte de la Póliza de Seguro de Responsabilidad Civil de Vehículos, la cual podrá ser utilizada por las empresas de seguros autorizadas en el país para operar en ramos generales.







SEGUNDO: Las empresas de seguros deberán utilizar el formato de Declaración Conjunta de Accidentes entre Vehículos, sin interferencia de Autoridades Competentes, a partir de la publicación de la presente Providencia en la Gaceta Oficial de la República Boliavariana de Venezuela.